Discussion:
Ley de copropiedad y reglamento interno
(demasiado antiguo para responder)
m***@noSpam-dcc.uchile.cl
2005-10-19 17:01:45 UTC
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Estimados,

ojala alguien me pueda aclarar esta duda.

Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.

En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.

??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?

Desde ya, gracias por sus respuestas.
--
Saludos,
Manuel.

"Llore porque no tenia zapatos, hasta que conoci a alguien, que no tenia pies"
O.Rayo
2005-10-19 21:09:16 UTC
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Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
---------
Parecieran ser lo mismo, pero habria que leerlo para tener la certeza.
Si en alguna parte dice que se emite conforme a la ley de copropiedad, es la
misma cosa con otro nombre nomas.
Andres Norambuena Venegas
2005-10-19 21:40:27 UTC
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Post by O.Rayo
Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
---------
Parecieran ser lo mismo, pero habria que leerlo para tener la certeza.
Si en alguna parte dice que se emite conforme a la ley de copropiedad, es la
misma cosa con otro nombre nomas.
habria que ver si la comunidad esta afecta o no a la ley de copropiedad,
goering
2005-10-19 22:22:52 UTC
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si la comunidad está afecta a la ley, ningun reglamento puede tener mas
valor que la propia ley

yo puedo poner un reglamento en un cafe con piernas de mi propiedad en que
se diga a las minas se les autoriza para hacer topless, pero la ley me pega
el manso palo

me cachai???

siempre la ley pasa por encima de el resto
Post by Andres Norambuena Venegas
Post by O.Rayo
Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
---------
Parecieran ser lo mismo, pero habria que leerlo para tener la certeza.
Si en alguna parte dice que se emite conforme a la ley de copropiedad, es la
misma cosa con otro nombre nomas.
habria que ver si la comunidad esta afecta o no a la ley de copropiedad,
Andres Norambuena Venegas
2005-10-19 22:29:55 UTC
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Post by goering
si la comunidad está afecta a la ley, ningun reglamento puede tener mas
valor que la propia ley
yo puedo poner un reglamento en un cafe con piernas de mi propiedad en que
se diga a las minas se les autoriza para hacer topless, pero la ley me pega
el manso palo
me cachai???
lo se perfectamente por eso mismo toy diciendo que pa partir hay que ver
si el edificio ta afecto o no a la dichosa ley
manuel
2005-10-20 01:42:31 UTC
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El condominio si esta afecto a la ley de copropiedad. Ya he leído la
ley n veces, solo hace referencia al Reglamento de copropiedad, el cual
puede ser modificado, pero del Reglamento interno no habla en ninguna
parte.

Saludos,
Manuel.
Post by Andres Norambuena Venegas
Post by goering
si la comunidad está afecta a la ley, ningun reglamento puede tener mas
valor que la propia ley
yo puedo poner un reglamento en un cafe con piernas de mi propiedad en que
se diga a las minas se les autoriza para hacer topless, pero la ley me pega
el manso palo
me cachai???
lo se perfectamente por eso mismo toy diciendo que pa partir hay que ver
si el edificio ta afecto o no a la dichosa ley
Andres Norambuena Venegas
2005-10-20 01:47:27 UTC
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Post by manuel
El condominio si esta afecto a la ley de copropiedad. Ya he leído la
ley n veces, solo hace referencia al Reglamento de copropiedad, el cual
puede ser modificado, pero del Reglamento interno no habla en ninguna
parte.
mmm

podrias mandarmelo al mail anorambuenav en el correo de google???


no te digo que en una hjora tengo respuesta estoy en epoca de pruebas
pero me comprometo a analizarlo y ver que se puede hacer
Makro
2005-10-20 04:04:20 UTC
Permalink
creo que la ley establece que el comite del edificio puede tener un
reglamento interno previo acuerdo con los copropietarios y de acuerdo a las
bases establecidas en la ley 19536
Post by Andres Norambuena Venegas
Post by manuel
El condominio si esta afecto a la ley de copropiedad. Ya he leído la
ley n veces, solo hace referencia al Reglamento de copropiedad, el cual
puede ser modificado, pero del Reglamento interno no habla en ninguna
parte.
mmm
podrias mandarmelo al mail anorambuenav en el correo de google???
no te digo que en una hjora tengo respuesta estoy en epoca de pruebas
pero me comprometo a analizarlo y ver que se puede hacer
Andres Norambuena Venegas
2005-10-20 11:44:21 UTC
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Post by Makro
creo que la ley establece que el comite del edificio puede tener un
reglamento interno previo acuerdo con los copropietarios y de acuerdo a las
bases establecidas en la ley 19536
por eso te estoy diciendo, mandame ese reglamenti si puedes paraanalizar
de que caracteristicas es, como te digo estoy en pruebas pero me
comprometo a anañlizaro en algun rato que tenga
O.Rayo
2005-10-21 07:46:50 UTC
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El art. 21 de la ley establece:
"El Comité de Administración podrá también dictar normas que faciliten el
buen orden y administración del condominio, como asimismo imponer las multas
que estuvieren contempladas en el reglamento de copropiedad, a quienes
infrinjan las obligaciones de esta ley y del reglamento de copropiedad. Las
normas y acuerdos del Comité mantendrán su vigencia mientras no sean
revocadas o modificadas por la asamblea de copropietarios. Para la validez
de las reuniones del Comité de Administración, será necesaria una asistencia
de la mayoría de sus miembros y los acuerdos serán adoptados por la mitad
más uno de los asistentes."

Al parecer, estas normas dictadas por el comite son el denominado
"reglamento interno".
Notese que si las puede revocar o modificar la asamblea por "acto de
autoridad" con mayor razon las puede modificar quien las dicto: el propio
comite.
Pero es de perogrullo decir que en caso alguno pueden estar en
contraposicion con las normas de la ley o el reglamento de copropiedad.


"manuel" <***@gmail.com> escribi� en el mensaje news:***@f14g2000cwb.googlegroups.com...
El condominio si esta afecto a la ley de copropiedad. Ya he leído la
ley n veces, solo hace referencia al Reglamento de copropiedad, el cual
puede ser modificado, pero del Reglamento interno no habla en ninguna
parte.

Saludos,
Manuel.
Post by Andres Norambuena Venegas
Post by goering
si la comunidad está afecta a la ley, ningun reglamento puede tener mas
valor que la propia ley
yo puedo poner un reglamento en un cafe con piernas de mi propiedad en que
se diga a las minas se les autoriza para hacer topless, pero la ley me pega
el manso palo
me cachai???
lo se perfectamente por eso mismo toy diciendo que pa partir hay que ver
si el edificio ta afecto o no a la dichosa ley
Ramon Freire A.
2005-10-20 03:20:09 UTC
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Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
por lo que comentas me parece que no es lo mismo, el reglamento interno
propiamente tal no tiene base legal y pasa meramente por un instructivo de
buenas costumbres.

lo legal es el reglamento de copropiedad, y todas las comunidades deben
contar con uno, la modificación al reglamento de copropiedad pasa
obligatoriamente por una asamblea extraordinaria con alto quorum de
aprobacion (75% de los derechos del condominio), y no puede ser modificado
por el comite de administracion

saludos,
r***@guzmanylarrain.com
2015-11-12 21:27:07 UTC
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Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
--
Saludos,
Manuel.
"Llore porque no tenia zapatos, hasta que conoci a alguien, que no tenia pies"
estimado ,
existen 3 cosas
-la ley 19537
-el reglamento de copropiedad que se entrega junto a la escritura
-y el reglamento interno

el reglamento interno debe ser aprobado por la comunidad por el porcentaje establecido en la ley .
el reglamento interno no puede sobrepasar en normas al reglamento de copropiedad y este a su ves a la ley 19537.
el comité de administración no puede modificar el reglamento interno sin previa consulta a los demás comuneros.
puedes consultar en cualquier juzgado de policía local
c***@gmail.com
2016-01-19 01:48:48 UTC
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Post by r***@guzmanylarrain.com
Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
--
Saludos,
Manuel.
"Llore porque no tenia zapatos, hasta que conoci a alguien, que no tenia pies"
estimado ,
existen 3 cosas
-la ley 19537
-el reglamento de copropiedad que se entrega junto a la escritura
-y el reglamento interno
el reglamento interno debe ser aprobado por la comunidad por el porcentaje establecido en la ley .
el reglamento interno no puede sobrepasar en normas al reglamento de copropiedad y este a su ves a la ley 19537.
el comité de administración no puede modificar el reglamento interno sin previa consulta a los demás comuneros.
puedes consultar en cualquier juzgado de policía local
Hola... pero sabes si para modificar partes del reglamento interno se requiere asamblea extraordinaria u ordinaria?
Gracias
a***@gmail.com
2016-03-15 04:04:10 UTC
Permalink
Estimado Manuel:

Buenas noches. A continuación te explico.

Existe la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria, luego el Reglamento de Copropiedad que exige la Ley y te lo entregan cuando compras una unidad en un condominio junto con la escritura.

El reglamento interno lo dicta la directiva o comité de administración basados en la Ley 19.537, artículo 21 letra b). lo que en su concepto legal dice "EI Comité de Administración podrá también dictar normas que faciliten el buen orden y administración del condominio, como asimismo imponer las multas que estuvieren contempladas en el reglamento de copropiedad, a quienes infrinjan las obligaciones de esta ley y del reglamento de copropiedad. Las normas y acuerdos del Comité mantendrán su vigencia mientras no sean revocadas o modificadas por la asamblea de copropietarios.

El Reglamento interno, está amparado por la Ley 19.537, dicta "normas" y es legal cuando las actas de los acuerdos adoptados, son reducidas a escritura pública, pero se puede modificar en una reunión extraordinaria como lo explica el mismo artículo 21 y se hace convocando una asamblea extraordinaria por el artículo 17 de la misma ley:

"Las sesiones extraordinarias tendrán lugar cada vez que lo exijan las necesidades del condominio, o a petición del Comité de Administración o de los copropietarios que representen, a lo menos, el quince por ciento de los derechos en el condominio, y en ellas sólo podrán tratarse los temas incluidos en la citación.

El Reglamento de Copropiedad es un documento Legal, en el que ciertos puntos pueden ser modificados en una reunión extraordinaria con un Quorum establecido por la Ley, el 75% de los derechos del condominio y se hace ante un notario y sólo en los casos de modificar los derechos de los copropietarios debe ser unánime 100%.

El Reglamento Interno es legal, pero no está sobre la Ley ni el Reglamento de Copropiedad, solamente complementa las normas del buen vivir en comunidad que no están reguladas en el Reglamento interno.


Cualquier otra duda, puedes consultarme directamente. Soy Administrador de Comunidades.
p***@gmail.com
2016-05-17 19:15:13 UTC
Permalink
Hola, respecto a esa respuesta que tu das, es posible que el reglamento interno indique multas que no esten registradas en el reglamento de copropiedad?
Marysol Vildósola
2020-09-24 23:30:41 UTC
Permalink
Post by p***@gmail.com
Hola, respecto a esa respuesta que tu das, es posible que el reglamento interno indique multas que no esten registradas en el reglamento de copropiedad?
Hola, también tengo la misma consulta, qué pasa si la multa no está en el Reglamento. En mi caso, el Reglamento es de 1968. El espacio común no se estableció como estacionamiento. Hoy en día, se hizo necesario distribuir dicho lugar previo acuerdo con los copropietarios, protocolizado ante Notario y las firmas respectivas. Son 24 departamento y 15 espacios para autos. Todos acordaron.
Se hizo un Reglamento Interno para el buen convivir y con multas por si alguien ocupa un lugar que no le corresponde y se dejaron a discreción de la Administración para su uso o arriendo. No falta el abogado que me dijo que era ilegal y que debía estar inscrito en la escritura y que no piensa pagar por el uso del espacio.
¿Qué tanto peso tiene el Reglamento Interno si no está por sobre la Ley?
Igual el Reglamento original de 1968 dice que los acuerdos logrados en la Asambleas deberán respetarse.
c***@inia.cl
2017-07-14 16:26:32 UTC
Permalink
Estimado Admico:

Por su respuesta me doy cuenta que conoce la materia y quiero pedirle por favor su opinión sobre una situación que enfrenta la comunidad. A continuación le doy los antecedentes:

-Se trata de una comunidad en la que existen parcelas, perfectamente divididas, cuyos propietarios son dueños absolutos y ademas usan ciertos bienes comunes de la comunidad.
-La comunidad posee un Reglamento interno, con unos 20 años de antigüedad y esta registrado en Notaria.
- Dicho Reglamento señala en una de sus clausulas que solo podrá construir una casa. Sin embargo, algunos propietarios han ejecutado ampliaciones a sus viviendas, las cuales cuentan con las dependencias para que sean habitables ejemplo: dormitorio, cocina, baño. Es importante señalar que estas ampliaciones cuentan con la aprobación de la Dirección de Obras Municipales de la Comuna correspondiente.
- En sesión extraordinaria una mayoría de los propietarios participantes votaron para elevar los gastos comunes a aquellos propietarios que han realizado una ampliación.
- El mismo Reglamento interno establece que cada propietario es dueño absoluto de su unidad y comunero de los bienes comunes en la proporción de una ciento veinte aba parte.
Consultas:
-Que prevalece, la autorización de la Dirección de Obras Municipales o el Reglamento interno respecto a ejecutar una ampliación
-El Reglamento interno también establece un uso proporcional de los bienes comunes en relación a la parcela o propiedad. Entonces, es legitimo elevar el pago de los gastos comunes por haber realizado la ampliación dentro de la parcela/ propiedad ? . En ciertos casos, la ampliación no significo un aumento del numero de personas y en consecuencia no aumento el uso de los bienes comunes.

Agradezco su opinión sobre estas consultas

Atte
Post by a***@gmail.com
Buenas noches. A continuación te explico.
Existe la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria, luego el Reglamento de Copropiedad que exige la Ley y te lo entregan cuando compras una unidad en un condominio junto con la escritura.
El reglamento interno lo dicta la directiva o comité de administración basados en la Ley 19.537, artículo 21 letra b). lo que en su concepto legal dice "EI Comité de Administración podrá también dictar normas que faciliten el buen orden y administración del condominio, como asimismo imponer las multas que estuvieren contempladas en el reglamento de copropiedad, a quienes infrinjan las obligaciones de esta ley y del reglamento de copropiedad. Las normas y acuerdos del Comité mantendrán su vigencia mientras no sean revocadas o modificadas por la asamblea de copropietarios.
"Las sesiones extraordinarias tendrán lugar cada vez que lo exijan las necesidades del condominio, o a petición del Comité de Administración o de los copropietarios que representen, a lo menos, el quince por ciento de los derechos en el condominio, y en ellas sólo podrán tratarse los temas incluidos en la citación.
El Reglamento de Copropiedad es un documento Legal, en el que ciertos puntos pueden ser modificados en una reunión extraordinaria con un Quorum establecido por la Ley, el 75% de los derechos del condominio y se hace ante un notario y sólo en los casos de modificar los derechos de los copropietarios debe ser unánime 100%.
El Reglamento Interno es legal, pero no está sobre la Ley ni el Reglamento de Copropiedad, solamente complementa las normas del buen vivir en comunidad que no están reguladas en el Reglamento interno.
Cualquier otra duda, puedes consultarme directamente. Soy Administrador de Comunidades.
Buenas noches. A continuación te explico.
Existe la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria, luego el Reglamento de Copropiedad que exige la Ley y te lo entregan cuando compras una unidad en un condominio junto con la escritura.
El reglamento interno lo dicta la directiva o comité de administración basados en la Ley 19.537, artículo 21 letra b). lo que en su concepto legal dice "EI Comité de Administración podrá también dictar normas que faciliten el buen orden y administración del condominio, como asimismo imponer las multas que estuvieren contempladas en el reglamento de copropiedad, a quienes infrinjan las obligaciones de esta ley y del reglamento de copropiedad. Las normas y acuerdos del Comité mantendrán su vigencia mientras no sean revocadas o modificadas por la asamblea de copropietarios.
"Las sesiones extraordinarias tendrán lugar cada vez que lo exijan las necesidades del condominio, o a petición del Comité de Administración o de los copropietarios que representen, a lo menos, el quince por ciento de los derechos en el condominio, y en ellas sólo podrán tratarse los temas incluidos en la citación.
El Reglamento de Copropiedad es un documento Legal, en el que ciertos puntos pueden ser modificados en una reunión extraordinaria con un Quorum establecido por la Ley, el 75% de los derechos del condominio y se hace ante un notario y sólo en los casos de modificar los derechos de los copropietarios debe ser unánime 100%.
El Reglamento Interno es legal, pero no está sobre la Ley ni el Reglamento de Copropiedad, solamente complementa las normas del buen vivir en comunidad que no están reguladas en el Reglamento interno.
Cualquier otra duda, puedes consultarme directamente. Soy Administrador de Comunidades.
j***@gmail.com
2018-02-11 14:27:11 UTC
Permalink
Quien autoriza construcciones de boxer en terreno de uso y goce común acogidos a la ley 19537...vivo en un edificio de tres pisos y cuatro vecinos construyeron boxer y dicen que tienen los permisos. ademas esta considerado como zona tipica..el edifico consta de 12 departamentos.¿..que se puede hacer para anular el supuesto permiso?
Gtacias
a***@gmail.com
2016-03-15 04:05:43 UTC
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Post by m***@noSpam-dcc.uchile.cl
Estimados,
ojala alguien me pueda aclarar esta duda.
Segun la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, se hace referencia al
reglamento de copropiedad, donde se define el comportamiento que deben
tener los habitantes del condominio, multas, si se aceptan mascotas,
etc. Este reglamento para ser modificado necesita de ciertos quorum
establecidos en la ley.
En el condominio donde vivo, existe un Reglamento interno, que no es el
reglamento de copropiedad, el cual hace las definiciones antes
mencionadas, pero el cual es modificado a diestra y siniestra por el
comite de administracion.
??Es valido este Reglamento Interno?, ??Puede estar sobre el Reglamento de
copropiedad al cual hace referencia la ley, o definitivamente Reglamento
interno = Reglamento de copropiedad (de cada condominio) y sus cambios
se aprueban segun los quorum que indica la ley?
Desde ya, gracias por sus respuestas.
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Manuel.
"Llore porque no tenia zapatos, hasta que conoci a alguien, que no tenia pies"
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