Totalmente de acuerdo, por eso indiqué que es discutible el carácter
"privado" de la conversación. Mi punto es que eso, por evidente que sea para
nosotros, a la hora de la verdad lo decide un juez, y no es simpático estar
a la espera de la decision de un juez para que determine si era conversacion
privada o no y en función de eso determine si te somete a proceso o no.
Comprenderás que para evitarse problemas es que siempre ponen una grabacion
advirtiéndotelo... el riesgo existe y corre para los dos lados.
En ningun caso he indicado "por ningun motivo graben las conversaciones",
solo me limito a informar las posibles consecuencias desde el punto de vista
jurídico que el uso de esa grabación pueda tener, éticamente me parece
adecuado que quien pregunta tenga la informacion al menos teórica y actúe
informado.
Atentamente
_____________________
Benjamin Porter
***@netexplora.punto.com
(Evidentemente sin el ".punto")
Post by Mauricio SilvaCreo que hay que aclarar que estamos hablando de conversaciones que no
tienen que ver con cuestiones privadas o de la vida personal de los que
estan conversando.. saber si el que esta al otro lado gorrea o no a su
señora, o que si la tiene asi o asa.... Lo que creo que Cristian acota es
una llamada de caracter comercial en donde un nabo que es lo que siempre
ponen para contestar el telefono, dice cualquier sandez a fin de venderte
la pescá con cabeza y cola incluida.
Después cuando alegas.. te dicen, "y de donde saco eso?"... ahi es donde
es conveniente grabar. Y por ultimo no olvidemos que no todos los
comercios establecidos pueden contar con un call center que permita grabar
las conversaciones entre sus "ejecutivos" y sus clientes.
Si llamas a una compraventa de autos y el dueño te dice que el auto por
el cual estas preguntando esta "soplado, que te lo garantizo", luego lo
ves, lo pruebas, lo compras y al otro dia se revienta porque estaba
"vacunado"... es una prueba contundente para al menos, alegar que el
dueño falto a la verdad más aun si desconoce la palabra empeñada.
Saludos
Post by Benjamin PorterCon el solo proposito de informar, aclaro que, aun cuando sea discutible la
naturaleza de "comunicacion privada", grabar una conversacion telefónica sin
conocimiento de una de las partes puede ser constitutivo de delito, penado
con reclusión menor y multa de 50 a 500 UTM. (Art. 161 Código Penal).